Una enmienda a la Ley de Informes Crediticios Justos del Estado de Nueva York entra en vigor el 18 de abril de 20261 Prohíbe a los empleadores utilizar el historial crediticio de un solicitante o empleado para tomar decisiones de contratación, como determinar la contratación o la compensación de los empleados. Se aplican excepciones limitadas. Esta nueva prohibición extiende en general la Ley para detener la discriminación crediticia en el empleo de la ciudad de Nueva York, que desde 2015 ha prohibido a los empleadores de la ciudad de Nueva York participar en prácticas similares sujetas a exenciones limitadas. A partir del 18 de abril de 2026, se aplicarán restricciones comparables en todo el estado.
Características clave
La nueva enmienda limita estrictamente la capacidad de un empleador de utilizar información sobre el historial crediticio de un solicitante o empleado al evaluar a esa persona para empleo, promoción, reasignación o retención.
Según esta nueva ley, es una práctica discriminatoria ilegal que un empleador, agencia laboral, agencia de empleo o cualquiera de sus agentes solicite o utilice el historial crediticio del consumidor de un solicitante de empleo o empleado. La ley también prohíbe a los empleadores discriminar a los solicitantes o empleados en la contratación, compensación o términos de empleo o beneficios basados en el historial crediticio del consumidor de ese individuo.
La Ley define «historial crediticio del consumo» como la solvencia, la situación crediticia, la capacidad crediticia o el historial de pago de un individuo, como se muestra en:
- Un informe de crédito del consumidor generado por una agencia de informes del consumidor;
- una puntuación de crédito;
- Información que un empleador recibe del individuo sobre los detalles de la cuenta de crédito, incluidos los detalles de la cuenta de crédito, los números de cuenta de crédito, los pagos atrasados o atrasados, los préstamos cancelados, los artículos de cobranza, los límites de crédito o las consultas previas sobre informes de crédito; o
- Información recibida de un empleador sobre una quiebra, sentencia o gravamen.
Excepciones a la prohibición general
Se aplican varias excepciones a las prohibiciones de la nueva ley. En primer lugar, según esta nueva enmienda, los empleadores pueden solicitar o utilizar el historial crediticio del consumidor de un individuo para tomar decisiones laborales cuando el empleador esté obligado a hacerlo por ley estatal o federal o por una agencia autorreguladora.
Además, los empleadores podrán solicitar o utilizar el historial crediticio de consumo de personas en los siguientes puestos:
- agentes del orden público o de policía, o solicitantes de dichos puestos;
- puestos con funciones policiales o de investigación en organismos encargados de hacer cumplir la ley;
- Puestos sujetos a verificación de antecedentes por parte de agencias estatales, siempre y cuando la agencia contratante no utilice el historial crediticio del consumidor para fines laborales, a menos que el puesto sea de contratación e implique un alto nivel de confianza pública;
- puesto en el que se requiere que el empleado se comprometa según la ley estatal o federal;
- Puestos que requieren autorización de seguridad según la ley estatal o federal;
- Puestos no administrativos donde el empleado tiene acceso regular a secretos comerciales, inteligencia o información de seguridad nacional;
- Un puesto en el que el empleado tiene autoridad para firmar sobre activos de terceros valorados en $10,000 o más;
- posición en la que el empleado tiene un deber fiduciario hacia el empleador y autoridad para celebrar contratos financieros en nombre del empleador valorados en $10,000 o más; o
- Cargo con capacidad de modificar las medidas de seguridad digital establecidas para evitar el uso no autorizado de la red del empleador o cliente.
Los empleadores deben consultar con un abogado antes de solicitar o utilizar el historial crediticio del consumidor de una persona según las excepciones enumeradas.
Otros requisitos aplicables de notificación y presentación de informes
La Ley de Informes Crediticios Justos de Nueva York exige expresamente que los empleadores cumplan con otras leyes y ordenanzas locales con respecto al uso de informes crediticios de los consumidores con fines laborales. Los empleadores deben ser especialmente conscientes de la ley de la ciudad de Nueva York, que exige que los empleadores de la ciudad sigan procedimientos adicionales de mantenimiento de registros al considerar el historial de consumo de un empleado o solicitante de conformidad con una excepción.
Los empleadores de Nueva York también están sujetos a la Ley federal de Informes Crediticios Justos, que establece procedimientos específicos adicionales para solicitar y utilizar informes de los consumidores al tomar decisiones relacionadas con el empleo.
Mejores prácticas para empleadores
Para garantizar el cumplimiento de las enmiendas a la Ley de Informes Crediticios Justos del Estado de Nueva York, los empleadores deben considerar las siguientes medidas:
- Revisar la contratación, la promoción, el despido y otras políticas aplicables y realizar las revisiones necesarias para garantizar la eliminación de los requisitos de verificación de crédito, a menos que se aplique una exención.
- Modifique las solicitudes de empleo, cartas de oferta, cartas de despido y otra documentación relacionada con el empleo para garantizar que no se omitan preguntas o referencias de verificación de crédito, a menos que se aplique una exención.
- Capacitar al departamento de recursos humanos y a otros empleados involucrados en la contratación y otras decisiones relacionadas con el empleo según lo exige la ley.
- Coordine con agencias de informes del consumidor y proveedores de investigación de antecedentes para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales.
- Consulte con un abogado antes de solicitar el historial crediticio del consumidor a solicitantes de empleo o empleados.
- Mantener registros detallados cada vez que se solicite o utilice el historial crediticio del consumidor de un individuo de conformidad con una excepción.
El incumplimiento de la Ley de Informes Crediticios Justos de Nueva York y otras leyes analizadas en este artículo puede exponer a los empleadores a multas, sanciones y responsabilidad ante los tribunales o agencias gubernamentales.
Este cliente ha sido redactado con precaución. Kathryn Weiss BattoSpencer Fan es abogada en la oficina de la ciudad de Nueva York. Para obtener más información, consulte https://www.spencerfane.com.
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1 (Ley General de Autobuses de Nueva York § 380 et seq.)
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